Desconexión digital

En tiempos en los que llevamos la oficina a cuestas en nuestros dispositivos, desconectarse es salud. La autora nos trae a la Isla un avance de su investigación doctoral acerca de la desconexión digital en tiempos de teletrabajo, un derecho fundamental para buscar el equilibro en la era de la hiper digitalización.

El derecho a la desconexión es fundamental hoy más que antes. Actualmente no hablamos de home office sino de “cloud office”, la oficina está en la nube es decir se encuentra en todas partes, en todos los dispositivos y en todo momento. Es un desafío en el que nos encontramos que va más allá al teletrabajo.

Aunque poco se ha profundizado en el tema, existe un derecho a la desconexión digital que se ha venido esbozando a través de los años y que países como Francia y Bélgica han sido pioneros en expresar esta temática como una medida preventiva al uso continuo de la pantallas de visualización de datos (PVD) en entornos extra laborales. En la actualidad es habitual la interacción de las personas con las Tecnologías de la información y comunicación (TIC), siendo este un proceso imparable tanto en las empresas como en las relaciones sociales. La era de la digitalización ha llegado para quedarse, por ello tenemos que tener en cuenta que el equilibrio es la clave para regular las ocho horas de manera diaria dedicadas a la recreación, dormir y trabajar, completándose así las 24 horas al día desde 1810, año donde se crearon las demandas para trabajar menos horas.

La conciliación de la vida laboral con la familiar es hasta ahora la forma preventiva existente. Francia inició  en el 2011  un proceso de regulación de conectividad laboral en la que participaron empresas punteras de manera voluntaria, las cuales controlaban en los trabajadores la desactivación de correos electrónicos y manejo de actividades fuera de la jornada laboral; mencionado proyecto inicialmente no evolucionó positivamente por desacuerdos en el gobierno hasta que finalmente en el 2017 se convirtió en una ley. La cual establece acuerdos colectivos entre el empleador y el trabajador, garantizando de esta manera el descanso y el tiempo familiar.

La efectividad del derecho a la desconexión se logrará pactar cuando existan condiciones de descanso para todo trabajador frente a la creciente conectividad laboral y más ahora frente a la crisis mundial de pandemia por Covid-19, puesto que esta situación cambió el panorama universal de la forma como veníamos trabajando, mutó de ser presencial a ser virtual. En ese mismo contexto desde la Argentina se regula este tipo de trabajo denominado teletrabajo. Mediante la resolución de la SRT (Superintendencia de Riesgos de Trabajo) 1552/2012, dicha normativa establece que el empleador deberá proveer a los teletrabajadores elementos como: silla ergonómica, extintor, manual de buenas prácticas, entre otros.Además ha sido actualizada por la resolución 21/2020 por efectos de la emergencia mundial derivada al Covid-19,inhabilitando parte de la anterior resolución y generando información a las Administradoras de Riesgos de Trabajo de los nuevos lugares de trabajo de los empleados.

La modalidad de trabajo ha cambiado, es una realidad por lo tanto las medidas de protección hacia el trabajador también deben ir evolucionando al igual que los riesgos laborales a tenerse en cuenta. Es importante resaltar que en la Argentina se vienen trabajando proyectos de ley del derecho a la desconexión que tienen como pilares el control de la comunicación con el trabajador y la conciliación de horarios compatibles con quienes tengan a su cuidado menores de 14 años, personas discapacitadas y adultos mayores. Está claro que los proyectos deben avanzar conforme a las necesidades que se van presentando, de esta manera la actual crisis mundial nos ha trasladado al trabajo de manera digital, por lo que debemos estar preparados para este tipo de escenarios y es conveniente cuidar la salud ocupacional de las personas por medio de iniciativas de protección.

Además aparecen síndromes que pueden afectarnos de manera visual, como lo es el Síndrome Visual Informático que se expresa en un conjunto de signos y síntomas que se produce por un uso excesivo de Pantallas de visualización de datos, los cuales no tienen su origen propiamente de la jornada laboral sino también de los hábitos de manejo de la tecnología en entornos extralaborales. La idea de descanso no deja de lado el uso de celulares, tabletas, televisores y demás dispositivos donde se utilizan las redes sociales, se visualizan películas y se desarrollan actividades de ocio o entretenimiento. Es por eso que actualmente se llevan a cabo diferentes estudios, uno de ellos se realiza desde el Inahe- Conicet, Mendoza en donde analizamos la frecuencia e intensidad de signos y síntomas de fatiga visual, estableciendo la presencia o no del Síndrome Visual Informático relacionado a los hábitos de uso de las personas con diferentes dispositivos electrónicos.

 Ciertamente las herramientas digitales forman parte de nuestras vidas cotidianas y el derecho a la desconexión digital debemos tenerlo en cuenta para todos los trabajadores que usan constantemente los dispositivos electrónicos y están generando una carga mental mayor que afectan su salud psicosocial, no hay tiempo de calidad al estar disponible todo el día realizando múltiples tareas ocupacionales. Se debe construir consciencia para fijar horas de diferente naturaleza tanto personal como laboral, fomentando de esta manera la calidad de vida la población.

Las industrias tienen un compromiso colectivo con la formación de sus trabajadores, creando buenas prácticas empresariales se pueden crear modelos óptimos de promoción de la salud.

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